El pasado 15 de julio, el Consejo de Ministros aprobó una importante reforma que afecta de lleno a las personas con discapacidad y en situación de dependencia. El texto, impulsado por el Ministerio de Derechos Sociales y presentado por el ministro Pablo Bustinduy, ya ha sido enviado al Congreso para su tramitación parlamentaria.
Desde Acción Visión España hemos revisado con atención las medidas propuestas, porque muchas de ellas responden a demandas del movimiento asociativo y afectan directamente a las personas con discapacidad visual. Te contamos las claves de esta reforma:
1. Más servicios y prestaciones personalizadas
- Se amplía el catálogo de servicios, incluyendo nuevos modelos como viviendas compartidas o cuidados colaborativos.
- Se reconoce el derecho a recibir productos de apoyo (como andadores o asistentes de voz) mediante préstamo o cesión temporal.
- La asistencia personal se convierte en un servicio más dentro del sistema.
- Se podrá recibir una prestación transitoria si no hay plaza disponible en el recurso solicitado, por ejemplo, mientras se espera una residencia cercana.
2. Más ayuda en el domicilio y en la comunidad
- La ayuda en casa se amplía más allá del ámbito doméstico: incluye acompañamientos al médico, gestiones o actividades comunitarias.
- Los centros de día tendrán un papel más activo y abierto, prestando apoyo también fuera de sus instalaciones.
3. Teleasistencia reconocida como derecho
- La teleasistencia pasa a ser universal y garantizada para todas las personas en situación de dependencia, vivan donde vivan.
- Se establece que este servicio debe combinarse con otros apoyos, no sustituirlos.
4. Acceso al empleo sin perder prestaciones
- Se elimina la incompatibilidad entre trabajar y recibir ayudas del sistema.
- Ahora se podrá mantener una plaza en un centro ocupacional al empezar un empleo, evitando renuncias forzadas a recursos clave.
5. Desburocratización y reconocimiento automático
- Se agilizan los trámites: las personas con Grado I recibirán automáticamente el 33% de discapacidad, y quienes tengan Grado II o III podrán acceder directamente al 65%, con opción a revisión.
- Se establecen procedimientos de urgencia para los casos más vulnerables.
6. Reconocimiento a las personas cuidadoras
- Las prestaciones económicas para cuidados familiares se ampliarán hasta el mes en que fallezca la persona dependiente, evitando reintegros injustos.
- Se reconocen los cuidados prestados por personas allegadas, no solo familiares directos.
7. Nuevos derechos garantizados
- Derecho a elegir dónde y cómo recibir la atención.
- Prohibición del uso de sujeciones físicas o químicas sin justificación.
- Garantía de atención sanitaria también en residencias.
- Coordinación entre servicios sociales y sanitarios.
8. Accesibilidad como derecho exigible
- La accesibilidad universal será reivindicable legalmente.
- Se creará un Programa Estatal para financiar adaptaciones (rampas, audiodescripciones, pictogramas…).
- Se obligará a las comunidades de vecinos a solicitar ayudas para obras de accesibilidad cuando lo necesite una persona residente.
- También se garantizará la accesibilidad del patrimonio cultural y de servicios como las Juntas Arbitrales de Consumo.
9. Calidad en el empleo del sector de cuidados
- Se establece un artículo específico para garantizar condiciones laborales dignas y estables para las profesionales del sector.
- Se trabajará con las autonomías para establecer criterios de calidad, formación y ratios adecuados.
10. Innovación y tecnología con garantías
- Se apostará por herramientas tecnológicas para mejorar la calidad de los servicios.
- Se creará el Centro Estatal de Competencias en Innovación Social.
- Cualquier tecnología aplicada al cuidado deberá respetar la autonomía, privacidad y dignidad de las personas.
- Las personas con discapacidad serán grupo prioritario en el Sistema Español de Ciencia y Tecnología.
11. Salud mental y respeto a la autonomía
- Se prohíben prácticas coercitivas o internamientos injustificados por razón de discapacidad.
- Se refuerzan las garantías para asegurar el consentimiento informado y el respeto a la voluntad de cada persona.
12. Desarrollo del artículo 49 de la Constitución
- Esta ley da contenido al nuevo artículo 49, que sitúa los derechos de las personas con discapacidad en el centro de la Constitución.
- Se hace una mención específica a mujeres y niñas con discapacidad, incluyendo su salud sexual y reproductiva y el desarrollo infantil.
Creemos que esta reforma recoge muchas reivindicaciones importantes que llevamos años escuchando y compartiendo, ahora toca estar pendientes de cómo se traslada todo esto a la realidad.
Puedes leer la nota de prensa completa del Ministerio a continuación
Fuente oficial – Gobierno de España (15 de julio de 2025)