El Subsidio por Cuidado de Menores con Enfermedad Grave (CUME)

Desde Acción Visón España queremos dar visibilidad a un recurso que muchas familias desconocen y que puede ser de gran ayuda: el Subsidio por Cuidado de Menores con Enfermedad Grave (CUME). En una reciente conversación entre nuestra trabajadora social y la vicepresidenta de la entidad, nos dimos cuenta de que muchas personas no tienen información sobre este derecho. Por ello, hemos decidido compartir estos detalles para que la información llegue a quienes la necesiten.

¿Qué es el CUME?

Se trata de un subsidio dirigido a progenitores, adoptantes o acogedores que trabajan y necesitan reducir su jornada laboral (al menos un 50%) para el cuidado de un menor a su cargo que esté afectado por cáncer u otra enfermedad grave que requiera hospitalización de larga duración o tratamiento continuado en el domicilio tras el alta.

Requisitos para solicitarlo

  • Estar afiliado y en alta en un régimen público de la Seguridad Social o en una Mutualidad de Previsión Social.
  • Haber cotizado un mínimo de días según la edad:
    • Menores de 21 años: no se exige cotización previa.
    • De 21 a 26 años: 90 días cotizados en los últimos 7 años o 180 en toda la vida laboral.
    • Mayores de 26 años: 180 días cotizados en los últimos 7 años o 360 en toda la vida laboral.
  • En caso de existir dos progenitores, ambos deben estar trabajando para que uno pueda solicitar el subsidio (con excepción de custodia exclusiva, donde se asimila a familia monoparental).

Duración y cuantía

  • El subsidio cubre el 100% de la base reguladora de incapacidad temporal por contingencias profesionales o comunes.
  • Se concede inicialmente por un mes y se prorroga cada dos meses mientras la situación del menor lo requiera, acreditado por un facultativo del Servicio Público de Salud.

Procedimiento de solicitud

  1. Presentar la solicitud ante la Entidad Gestora correspondiente (Instituto Nacional de la Seguridad Social o Instituto Social de la Marina) o la Mutua Colaboradora con la Seguridad Social.
  2. Aportar la documentación requerida, incluyendo el informe médico.
  3. La resolución se emitirá en un plazo de 30 días.

¿Dónde obtener más información?

Si necesitas más detalles y los formularios necesarios, puedes consultar la web de la Seguridad Social. No obstante, te facilitamos el acceso directo a:

Solicitud y documentos necesarios

Te animamos a compartir esta información para que llegue a todas las familias que puedan beneficiarse de este recurso.

Normativa:

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