Reforma de la Ley de Mecenazgo

El ajuste normativo, efectivo desde el 1 de enero, introduce cambios significativos que impactarán positivamente en quienes contribuyen a causas sociales y culturales.

Entre los cambios destacan:

  1. Estímulo al micromecenazgo: Aumento de la base deducible para personas físicas y personas jurídicas.
  2. Ampliación de donaciones fiscalmente deducibles: Incluye la cesión de uso de bienes en el concepto de donación de derechos.
  3. Concepto de convenio de colaboración ampliado: Ahora incluye explícitamente aportaciones en especie y servicios gratuitos, permitiendo la difusión de la colaboración.
  4. Mecenazgo de reconocimiento: Permite retornos simbólicos hasta el 15% del valor de la donación, con un tope de 25000 €.
  5. Modalidades exentas en entidades sin ánimo de lucro: Se amplían en áreas como desarrollo e innovación, inserción sociolaboral, enseñanza y formación profesional.
  6. Automatismo en exenciones tributarias locales: Refuerza la aplicación de exenciones a bienes de entidades sin ánimo de lucro.

Para obtener más detalle sobre cómo estas modificaciones favorecen las deducciones fiscales por donación, te invitamos a explorar en el siguiente enlace nuestro apartado de colabora.

Aprovecha las ventajas de la nueva ley: donar nunca fue tan beneficioso.

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